El pasado viernes, El Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados unidos (USCIS) anunció la ampliación del proceso de Perdón provisional existente para permitir que todas las personas que califiquen reglamentariamente para un Perdón puedan aplicar. Esta expansión se realizará a partir del 29 de agosto de 2016.
La expansión del proceso de Perdón provisional se aplica a las personas que no califican para la residencia permanente en los Estados Unidos, porque actualmente no tienen un status migratorio y no tienen parientes inmediatos calificados.
A partir del 29 de agosto de 2016, serán elegibles para aplicar solamente las personas que ya que tienen una aplicación sometida y la fecha de prioridad este al corriente. Peticiones tales como las basadas en familia o por medio del empleador, y tienen un familiar que califica para el propósito de la presentación del Perdón. Algunos ejemplos comunes de las personas que reúnen los requisitos para el Perdón son los siguientes:
(1) personas casadas con un residente permanente (LPR). En primer lugar, el cónyuge quien es el residente permanente es el peticionario. Cuando la fecha de prioridad este al corriente, el peticionario también podrá actuar como el pariente calificado a la hora de someter el Perdón.
(2) Hermanos de Ciudadanos de los Estados Unidos que sometieron una petición. Cuando la fecha de prioridad de la petición este al corriente, el inmigrante necesitara un pariente calificado para ser elegible para un Perdón. El pariente calificado debe ser un cónyuge o un padre/madre ciudadano estadounidense o residente permanente legales.
(3) El empleador presenta una certificación laboral y, posteriormente, una petición con el Servicio de Inmigración y Ciudadanía. Cuando la fecha de prioridad este al corriente, el inmigrante necesitara un pariente calificado para ser elegible para un Perdon. El pariente calificado debe ser un cónyuge o un padre/madre ciudadano estadounidense o residente permanente legales.
Para que un Perdón sea aprobado, el solicitante tendrá que demostrar que el familiar calificado tendrá “sufriendo extremo” si el perdón no fuera aprobado y el solicitante no será elegible para volver a vivir en los Estados Unidos. Familiares calificados se definen como los cónyuges y padres ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales. Si un PERDON provisional es aprobado, el solicitante todavía tendrá que salir de los Estados Unidos para el tramitar de su visa de inmigrante. Sin embargo, los Perdones provisionales permiten a las personas esperar dentro de los Estados Unidos una decisión sobre la solicitud de Perdón. Por último, no se concederá un Perdón provisional si USCIS considera que el solicitante necesitara el Perdón por cualquier otra razón.